¿Cuáles son los días de descanso obligatorio?
En México, la Ley Federal del Trabajo fija como días de descanso obligatorio el 1 de enero, el primer lunes de febrero, el tercer lunes de marzo, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre y el 25 de diciembre1. Además, son de descanso obligatorio el 1 de octubre cada seis años, cuando corresponde la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, y el día de la jornada electoral en elecciones ordinarias1.
Quien trabaja uno de esos días cobra un salario doble por el servicio, además del salario que le corresponde por el descanso obligatorio2.
Este texto no constituye asesoría legal. Las obligaciones varían según el centro de trabajo y cambian con el tiempo. Confirme las suyas con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social o con un asesor calificado.
¿En qué fechas caen en 2026 y 2027?
| En la ley | Qué dice | 2026 | 2027 |
|---|---|---|---|
| Fracción I | El 1o. de enero | jueves 1 de enero | viernes 1 de enero |
| Fracción II | El primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero | lunes 2 de febrero | lunes 1 de febrero |
| Fracción III | El tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo | lunes 16 de marzo | lunes 15 de marzo |
| Fracción IV | El 1o. de mayo | viernes 1 de mayo | sábado 1 de mayo |
| Fracción V | El 16 de septiembre | miércoles 16 de septiembre | jueves 16 de septiembre |
| Fracción VI | El tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre | lunes 16 de noviembre | lunes 15 de noviembre |
| Fracción VII | El 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal | solo el año de la transmisión | solo el año de la transmisión |
| Fracción VIII | El 25 de diciembre | viernes 25 de diciembre | sábado 25 de diciembre |
| Fracción IX | El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral | cuando hay elecciones ordinarias | cuando hay elecciones ordinarias |
La fracción VII cae el 1 de octubre solo el año de la transmisión del Poder Ejecutivo Federal. El Presidente entra a ejercer su encargo el 1 de octubre y dura en él seis años3. La IX cae el día que fijan las leyes electorales cuando hay elecciones ordinarias.
¿Cuánto se paga si alguien trabaja uno? Escriba el salario diario:
Es la aritmética del artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo. No revisa su contrato colectivo ni su política, y no dice si una operación cumple.
¿Qué cambia en el rol de turnos y en la nómina?
En el rol de turnos
Tres de estos días cambian de fecha cada año porque la ley los fija en un lunes1. Conviene tenerlos en el rol desde que se arma el año, junto con los días de descanso semanal.
Cuántos lo trabajan
En la nómina
Por un día de descanso obligatorio trabajado se paga un salario doble por el servicio, además del salario que corresponde por el descanso obligatorio2. Con un salario diario de $500, son $1,000 de salario doble, además de los $500 del descanso.
En el expediente
Si hay una controversia, a la empresa le toca probar los pagos de días de descanso obligatorios4.
Con contrato colectivo
La ley fija estos supuestos1. Un contrato colectivo o una política puede dar más días.
Tenga en cuenta
- No están en el artículo 74: el 12 de diciembre, el Jueves y el Viernes Santo, el 2 de noviembre. Un contrato colectivo o una política de la empresa puede darlos como descanso.
- Día de descanso semanal y festivo trabajado son dos reglas. El descanso semanal está en la página de descanso semanal y prima dominical.
¿Qué tiene que poder comprobar la empresa?
Si hay una controversia, la ley pone la prueba del lado de la empresa en los pagos de días de descanso y obligatorios4.
Para eso sirve tener, por persona y por festivo:
- Si trabajó o descansó ese día.
- Que, si lo trabajó, se pagó el salario doble además del día.
- Los controles de asistencia, cuando se lleven en el centro de trabajo, y los recibos de pago de ese periodo5.
¿Qué deja abierto la ley?
Cuando el festivo cae en el día de descanso semanal de una persona. Los artículos 74 y 75 no dicen cómo se combinan los dos descansos12. Confirme el criterio con su asesor.
Cuántas personas trabajan el festivo, y quiénes. El artículo 75 deja el número a lo que determinen la empresa y los trabajadores y, si no hay convenio, al Tribunal2. No dice cómo se elige a cada persona. Confírmelo con su asesor.
Elecciones en operaciones con sedes en varios estados. La fracción IX remite a «las leyes federales y locales electorales»1 y no dice si el descanso aplica solo donde hay jornada electoral. Confirme el criterio con su asesor.
Cuando el festivo trabajado cae en domingo. Los artículos 71 y 75 no dicen cómo se combinan la prima dominical y el salario doble62. Confírmelo con su asesor.
¿Qué dice exactamente la ley?
Artículo 74. Son días de descanso obligatorio: I. El 1o. de enero; II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; IV. El 1o. de mayo; V. El 16 de septiembre; VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; VII. El 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal; VIII. El 25 de diciembre, y IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Artículo 75 cuántas personas trabajan y cuánto se paga
Artículo 75.- En los casos del artículo anterior los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá el Tribunal. Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.
Artículo 784 quién tiene que probar
Artículo 784.- El Tribunal eximirá de la carga de la prueba al trabajador, cuando por otros medios esté en posibilidad de llegar al conocimiento de los hechos, y para tal efecto a petición del trabajador o de considerarlo necesario requerirá al patrón para que exhiba los documentos que, de acuerdo con las leyes, tiene la obligación legal de conservar en la empresa, bajo el apercibimiento de que, de no presentarlos, se presumirán ciertos los hechos alegados por el trabajador. En todo caso, corresponderá al patrón probar su dicho cuando exista controversia sobre: I. Fecha de ingreso del trabajador; II. Antigüedad del trabajador; III. Faltas de asistencia del trabajador; IV. Causa de rescisión de la relación de trabajo; V. Terminación de la relación o contrato de trabajo para obra o tiempo determinado, en los términos de los artículos 37, fracción I, y 53, fracción III, de esta Ley; VI. Constancia de haber dado por escrito al trabajador o al Tribunal de la fecha y la causa del despido. La negativa lisa y llana del despido, no revierte la carga de la prueba. Asimismo, la negativa del despido y el ofrecimiento del empleo hecho al trabajador, no exime al patrón de probar su dicho; VII. El contrato de trabajo; VIII. Jornada de trabajo ordinaria y extraordinaria, cuando ésta no exceda de nueve horas semanales; IX. Pagos de días de descanso y obligatorios, así como del aguinaldo; X. Disfrute y pago de las vacaciones; XI. Pago de las primas dominical, vacacional y de antigüedad; XII. Monto y pago del salario; XIII. Pago de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas; y XIV. Incorporación y aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social; al Fondo Nacional de la Vivienda y al Sistema de Ahorro para el Retiro. La pérdida o destrucción de los documentos señalados en este artículo, por caso fortuito o fuerza mayor, no releva al patrón de probar su dicho por otros medios.
¿Cómo se sostiene con un sistema?
El festivo se planea en el rol y se paga en la nómina. Así se juntan en WorkAxle:
- El rol se genera desde los ciclos de trabajo, con una opción para los días festivos.
- El rol muestra qué turnos del festivo quedan cubiertos, a medias o sin cubrir, antes de publicarlo.
- Las horas trabajadas en un festivo salen clasificadas como su propio tipo de tiempo, según las reglas que configure su equipo, listas para su sistema de nómina.
El supervisor conserva la última palabra.
¿Qué puede revisar esta semana?
- Cargue en su rol los días de descanso obligatorio de 2027, con los tres lunes que se mueven.
- Revise cómo se acordó cuántas personas cubren los próximos festivos: el artículo 75 lo deja a lo que determinen la empresa y los trabajadores.
- Revise que el último festivo trabajado se haya pagado doble, además del día.
- Si tiene sedes en varios estados, revise el calendario electoral de cada uno y confirme con su asesor cómo aplica la fracción IX.
¿Lo va a compartir con dirección, nómina o su asesor? El enlace abre esta misma página, y la versión impresa trae la tabla de fechas y las fuentes.
Este texto no constituye asesoría legal. Las obligaciones varían según el centro de trabajo y cambian con el tiempo. Confirme las suyas con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social o con un asesor calificado.
Preguntas frecuentes
¿Cuáles son los días de descanso obligatorio en México?
La Ley Federal del Trabajo fija el 1 de enero, el primer lunes de febrero, el tercer lunes de marzo, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre y el 25 de diciembre. También son de descanso obligatorio el 1 de octubre cada seis años, cuando corresponde la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, y el día de la jornada electoral en elecciones ordinarias1.
¿Cuánto se paga si se trabaja un día festivo?
Un salario doble por el servicio prestado, además del salario que corresponde por el descanso obligatorio2. Con un salario diario de $500, son $1,000 de salario doble, además de los $500 del descanso.
¿El 12 de diciembre es día de descanso obligatorio?
No está en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo1. Un contrato colectivo o una política de la empresa puede darlo como día de descanso.
¿Quién decide cuántas personas trabajan el día festivo?
La empresa y los trabajadores determinan cuántas personas prestan el servicio. Si no llegan a un convenio, resuelve el Tribunal2.
¿El día de elecciones es de descanso obligatorio?
Sí, el que determinen las leyes electorales federales y locales para la jornada electoral, en elecciones ordinarias1.
¿Quién tiene que probar que se pagaron los festivos?
La empresa. Si hay una controversia, le corresponde probar los pagos de días de descanso y obligatorios4.
https://www.workaxle.com/es/centro-de-cumplimiento/mexico/dias-de-descanso-obligatorio